Gobiernos Estatales
Invita gobernadora Marina del Pilar a cumplir con derecho de aguinaldo para las y los trabajadores de BC

Estado de Baja California.- Con el fin de garantizar que se cumplan los derechos laborales de las y los ciudadanos de Baja California, la gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda invitó a mantenerse informados sobre el pago de aguinaldos y demás prestaciones correspondientes al fin de año, ante cualquier irregularidad, podrán presentar su denuncia a través de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social del Estado.
Alejandro Arregui Ibarra, titular de la Secretaría, informó que la fecha límite para realizar el pago de este derecho es el 20 de diciembre. En caso de incumplimiento en el tiempo o monto establecidos por la ley, las personas afectadas podrán presentar su inconformidad enviando un mensaje al número de WhatsApp (686) 391-8714, con atención en todo el estado.
El secretario explicó que el monto del aguinaldo debe corresponder, al menos, a 15 días de salario para quienes hayan laborado un año completo. Para quienes no hayan cumplido el año, se entregará el monto proporcional según los días trabajados, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El cálculo del aguinaldo se realiza dividiendo el salario neto entre 30 días, para determinar el sueldo diario. Esta cantidad se multiplica por 15 días, conforme lo establece la Ley Federal, para obtener el monto estándar del aguinaldo. Si el trabajador no laboró el año completo, se divide esa cantidad entre los 365 para determinar lo que se ganó a diario de aguinaldo y multiplicarlo por los días trabajados.
“Atendiendo la instrucción de la gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda, nos mantenemos trabajando de manera permanente, atentos con el compromiso de asesorar a trabajadores y patrones, para condiciones laborales justas en Baja California”, puntualizó Arregui Ibarra.
Las sanciones para patrones o empresas que incumplan con esta prestación, van desde $5,428.50 hasta los $542,850.00 pesos (equivalente a 50 UMAS como mínimo y 5,000 UMAS como máximo por trabajador afectado), según lo dispuesto en el artículo 1002 LFT.
Finalmente, el Secretario destacó que durante la actual administración se ha consolidado la relación y comunicación con empresas, lo que ha permitido que el pago de esta prestación se realice oportunamente y en tiempos que establece la ley, en beneficio de las y los trabajadores.
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